Tipos de firma electrónica
Se define firma electrónica como los datos electrónicos anexados a un documento o procedimiento electrónico como medio de autenticación.
El marco legal que regula la firma electrónica en la Unión Europea, conocido como eIDAS (Reglamento N.o 910/2014) define tres tipos de firma electrónica con validez legal (1) .
Firma electrónica simple.
Proporciona un medio de autenticación y voluntad de firma simples, basados en la propia manifestación del firmante.
Solicitar al firmante su n.o de pin o que marque una casilla de verificación son ejemplos de firma electrónica simple.
Firma electrónica avanzada.
Es una firma electrónica que cumple los siguientes requisitos:
- Está vinculada al firmante de forma única.
- Permite la identificación del firmante.
- Ha sido creada utilizando medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.
- Está anexada al documento o procedimiento electrónico de forma que es detectable cualquier modificación posterior.
Firma electrónica cualificada.
Es una firma electrónica que además de los requisitos de la firma avanzada, se crea mediante un dispositivo cualificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado cualificado de firma electrónica.
Firmas avanzadas empleadas en la plataforma de firma de Safe Stamper
Firma OTP SMS
Descripción del proceso
La plataformas de firma OTP SMS muestran al firmante el documento que debe firmar y para ejecutar la firma, le solicitan su número de teléfono.
El sistema que gestiona la plataforma de firma envía por SMS un código OTP o código de un sólo uso (One Time Password) que el firmante deberá teclear en la plataforma para completar el proceso de firma.
La firma OTP SMS es una firma avanzada:
- Está vinculada al firmante de manera única, en todos los países en los que no se puede obtener un número de teléfono móvil sin un proceso de verificación de la identidad del usuario por parte de la operadora del servicio de telefonía.
- Permite identificar al firmante. El número de teléfono es de uso personal del firmante.
- Se crea utilizando medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control. Tanto la petición de la firma, por haberse enviado al e-mail del firmante, como el código SMS, por haberse enviado al teléfono del firmante están bajo su exclusivo control.
- Está vinculada con los datos firmados de forma que cualquier modificación posterior puede ser detectada. Por medio de la firma electrónica y sellado de tiempo realizados por la plataforma de firma Safe Stamper del documento firmado junto con las evidencias tecnológicas grabadas por el proceso de firma.
Firma digitalizada
Los procesos de firma electrónica en los que el usuario facilita la imagen de su firma ológrafa cumplen con los requisitos de la firma simple y pueden ser también procesos de firma avanzada si la información recogida y vinculada al proceso de firma, además de la imagen de la firma ológrafa del firmante, incluyen también datos para cubrir los requisitos de la firma electrónica avanzada.
- Vinculación al firmante de forma única. Por ejemplo si el acceso para realizar la firma lo recibe de forma exclusiva el firmante a través de un enlace exclusivo en el correo electrónico del firmante.
- Permite la identificación del firmante: A través de información como la titularidad de la dirección de correo empleada para facilitar el acceso a la firma, o la dirección I.P. desde la que se realiza.
- Se crea utilizando medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control. Por el proceso de firma que envía la petición al e-mail del firmante.
- Está vinculada con los datos firmados de forma que cualquier modificación posterior puede ser detectada. Por medio de la firma electrónica y sellado de tiempo realizados por la plataforma de firma Safe Stamper del documento firmado junto con las evidencias tecnológicas grabadas por el proceso de firma.
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(1) Art. 25: No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electrónica por el mero hecho de ser una firma electrónica o porque no cumpla los requisitos de la firma electrónica cualificada
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